Guía de Impuestos de Criptomonedas México

Empowering Traders2024-11-15 17:52:19

En México, el mundo de las criptomonedas se abre con grandes oportunidades, pero también con ciertas responsabilidades fiscales que es importante tener claras. Y es que probablemente te preguntes ¿debo pagar impuestos por mis criptos? La respuesta corta es: sí. Ya sea que lleves mucho tiempo en este mundo de las criptomonedas o seas nuevo en esto, te contamos lo esencial para moverte con confianza en el terreno de los impuestos sobre las criptoactivos en el país.

 

Para esto puedes confiar en LedgiFi, una aplicación en la cual puedes llevar tu portafolio de criptomonedas y saber en todo momento cuánto tienes, además, en base a tus movimientos, calcula tus Ganancias o Pérdidas para que puedas planificar y declarar.

 

Primero, en México, las criptomonedas no se consideran moneda de curso legal; en cambio, se clasifican como activos virtuales. Esto significa que cualquier ganancia que generes al vender o intercambiar tus criptos puede estar sujeta a impuestos. La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) se aplica a las ganancias que obtienes cuando vendes activos por un valor superior al de compra.

 

En México, el ISR se calcula sobre la ganancia neta, es decir, la diferencia entre el precio de compra y el de venta, menos cualquier comisión o gasto relacionado. Además, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) podría aplicarse en ciertas transacciones, aunque esto suele depender de la actividad y de si las transacciones se realizan de forma comercial.

 

De aquí en adelante, nos referiremos a Ganancias o Pérdidas (Rentas) en criptomonedas, ya que el impuesto en sí depende de tus rentas en criptomonedas más todas aquellas rentas que generaste, ya sea por tu trabajo, algún negocio, acciones, etc. Todas estas se suman en tu declaración anual además de la declaración de patrimonio que debes presentar, ambas, según el tramo en el que estés, pagarás un cierto porcentaje de impuestos.

 

Entonces, ¿En qué casos debo calcular mis Ganancias o Pérdidas?

Algo común es pensar que si no sacaste tu dinero al banco, no debes declarar nada aún. Esto es errado y en sí, saber si debes declarar es simple, si te deshaces de una criptomoneda, ya sea que compres un bien o servicio con ella, la intercambies por otra criptomoneda (incluidos swaps), la vendas para obtener Fiat, en fin, deberás calcular el resultado de la transacción que realizaste.

 

Esto tiene un nombre más “técnico”, se le llama enajenación, entonces cuando enajenas una criptomoneda, toca calcular si ganaste o perdiste.

 

Algunos ejemplos de esto son:

  • Comprar un café.
  • Pagar una cuenta.
  • Cambiar o hacer swap de una criptomoneda por otra.
  • Venderla por una moneda de libre circulación como el Peso o el Dólar.
  • Pagar comisiones con ellas (servicio)

 

¿Quiénes deben preocuparse por este tema?

Si alguna vez has hecho algo con criptomonedas, este tema te interesa, sin importar si ya vendiste todas tus criptomonedas, cerraste tus cuentas, o ya no quieres ni saber de ellas. Además, para quienes están más activos en el mercado, es útil conocer tu Ganancia o Pérdida, ya que te permite planificar.

 

Ahora, la importancia de mantener un registro detallado de tus movimientos no puede subestimarse. Un historial claro de tus transacciones – desde ventas hasta intercambios y cualquier conversión en pesos u otra moneda – te facilitará mucho la declaración de impuestos, además de protegerte en caso de que el SAT solicite pruebas de tus movimientos. Piensa en esto como una forma de asegurar tus ganancias y evitar sorpresas.

 

¿Qué pasa si no declaro?

Muchas personas piensan y creen que al ser las criptomonedas descentralizadas, el mayor valor que puedan generar por sus transacciones no genera hecho tributario alguno, o que no deben ser declarados. Esto es erróneo, ya que todo movimiento en tu patrimonio debe ser declarado, más aún si representó un aumento de este.

 

En Colombia, las consecuencias por no pagar impuestos pueden ser variadas dependiendo de la gravedad de la falta y de las leyes específicas que se hayan violado. Algunas de las posibles consecuencias incluyen multas por incumplimiento y multas por inexactitud, entre otras.

 

Habiendo dicho todo esto, es necesario entender que debes declarar cualquier ganancia o ingreso que tengas sobre criptomonedas, además de tu patrimonio. Las sanciones por la evasión de impuestos pueden llegar a ser elevadas.

 

¿Cómo se calcula?

Para esto es necesario revisar cada transacción y determinar su Costo de Adquisición para, en contraste con el Beneficio, determinar si obtuviste una ganancia o una pérdida.

 

Esto en simple sería:

 

Unset

Ganancia o Pérdida = Beneficio - Costo de Adquisición

 

  • El Costo de Adquisición es lo que la criptomoneda que estás enajenando te ha costado, pero su cálculo depende de lo que se conoce como Métodos de Valorización o de Inventario.
  • El Beneficio va a ser lo que obtuviste por la venta de tus criptomonedas, ya sea que lo obtengas como dinero, otra criptomoneda, en productos o servicios.

 

A esto se le debe afectar con la disminución por año transcurrido y la corrección monetaria con el INPC, pero esto lo veremos más adelante con un ejemplo.

 

Métodos de valorización

Si en tu caso compraste distintas cantidades de criptomonedas en diferentes momentos y vendiste solo una parte, seguramente tienes la duda de qué cantidad y a qué precio vendes, el primero que compraste?, el último que compraste? o un promedio de las compras? Estos son lo que se conocen como Métodos de valorización o de Inventario, los más conocidos y utilizados son FIFO, LIFO y CPP.

 

En simple, FIFO es cuando vendes el primero que compraste, LIFO es cuando vendes el último que compraste y CPP es el promedio de los costos de tus compras.

 

En México, algunos de estos métodos se presentan con otro nombre, sin embargo, puedes utilizar:

 

  • Primeras entradas primeras salidas (PEPS) que vendría siendo lo mismo que FIFO.
  • Costo identificado. Se podría homologar con HIFO si tu interes es siempre utilizar los costos más altos primero.
  • Costo promedio, que vendría siendo el CPP.
  • Detallista.

 

Es importante que el método que elijas, por ley, lo debes mantener a lo menos 5 ejercicios. Ahora, qué Método de Valorización vamos a utilizar va a depender de nuestra decisión y de lo que nos permita la ley, sin embargo, el método más conservador es FIFO.

 

Ejemplo

Supongamos que durante el 2017 tenemos lo siguiente, en abril depositamos $10,000 en un exchange para poder comprar BTC, al día siguiente realizamos una compra de 0.2 BTC a $5,000, y en mayo compramos 0.1 BTC pero ahora a $4,500. Para este caso tenemos entonces un costo de adquisición de $5,000 del BTC de abril y de $4.500 del BTC de mayo, sin embargo, en agosto queremos vender 0.15 BTC en $10,000, ¿qué costo de adquisición tiene ese 0.15 BTC?

 

Provisión del Impuesto Sobre la Renta (ISR)

En este caso, al ser la enajenación menor al umbral de $227,400, no será necesario realizar la provisión del ISR.

 

Sin embargo, si nos pusiéramos en el caso que la transacción tiene un valor mayor o igual a este valor, deberemos retener el 20% de la operación y enterarlo mediante la declaración de la provisión del ISR.

 

Impuesto Sobre la Renta (ISR)

En este caso aplicando el método FIFO, nos encontramos con que vendemos el primer 0.1 BTC completo, por lo tanto, hasta aquí nuestro coste de adquisición es $5,000.

 

Pero además de esto, necesitamos sumarle el costo base de los 0.05 BTC que nos falta de la compra de mayo.

 

De esta compra solo utilizaremos 0.05 BTC por lo que nuestro costo para la venta es de $2,250.

 

Todos estos costos deben ser rebajados de acuerdo a la cantidad de años transcurridos y actualizados por INPC.

 

Entonces para empezar a calcular nuestra ganancia rebajada y reajustada necesitamos:

 

Unset

Disminución de costo por año = 10% * Año transcurrido

Factor INPC = INPC mes anterior a enajenación / INPC Adquisición

Costo rebajado = Costo de Adquisición Original - Disminución de costo por año

 

Finalmente, tenemos que aplicar lo anterior de la siguiente forma:

 

Unset

Costo de Adquisición Final = Costo rebajado * Factor INPC

 

Por lo tanto, el costo de adquisición de nuestra venta de 0.15 BTC es de:

  • Disminución de costo por año = $0 ya que no ha transcurrido ningún año
  • Factor INPC BTC abril de 1.0051 = 95.322736 / 94.838933
  • Factor INPC BTC mayo de 1.0063 = 95.322736 / 94.725494

 

Costo 0.1 BTC de abril:

$5.026 = $5,000 - ($5,000 * 10% * 0 años) * 1.0051

 

Costo 0.05 BTC de abril:

$2.264 = $2,250 - ($2,250 * 10% * 0 años) * 1.0063

Por lo tanto, nuestro costo final disminuido y reajustado es $7,290

 

Una vez obtenido nuestro costo de adquisición, podemos contrastar cuanto obtuvimos en la venta y nuestro coste de vender esos 0.15 BTC, esto es, $10,000 - $7,290, lo que nos da una Ganancia de $2,710.

 

Esta Ganancia, deberás declararla en el Impuesto Sobre la Renta Anual (ISR).

 

Justamente para hacer todo esto más fácil está LedgiFi, que te permite sincronizar y agregar tus transacciones de distintas formas, ordenar y tener tu portafolio de criptomonedas en un solo lugar, y estar al día con tus impuestos sabiendo en todo momento tus ganancias o pérdidas para poderlas declarar.

 

Si quieres saber más de este tema no dudes en leer nuestra guía completa en learn.ledgifi.com/mexico, y registrate en LedgiFi para estar siempre al día con tus impuestos y no perderte nuestro contenido.

 

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